NORMAS SARAS
Cumplimiento a la norma de Control para la Administración de Riesgo Ambiental y social en las Cooperativas de Ahorro y Crédito y Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Crédito para la Vivienda, en su Artículo 10.
Lista de exclusión
Producción y comercio de cualquier proyecto o actividades considerada ilegal por la legislación nacional o convenios y tratados internacionales, tales como farmacéuticos, pesticida/herbicidas, substancias que agotan el ozono, compuestos de bifenilos policlorados (PCB, por sus siglas en inglés), animales y plantas silvestres o productos derivados de ellos reglamentados conforme a la CITES.
Producción o comercio de armas y municiones.
Producción o comercio de bebidas alcohólicas (excepto cerveza y vino).
Producción o comercio de tabaco.
Juegos de apuestas, casinos y empresas equivalentes.
Producción o comercio de materiales radiactivos. Esto no aplica a la compra de equipos médicos, equipos de control de calidad y cualquier equipo que la IFC considere su fuente de radioactividad trivial y/o se tenga protección apropiada.
Producción o comercio de madera u otros productos forestales distintos de los bosques gestionados de forma sostenible.
Producción o comercio de fibras amianto no aglutinado. No se aplica a la compra y uso de fibrocemento de amianto aglutinado en el cual el contenido de amianto sea <20%.
Pesca en el entorno marítimo con redes de arrastre superiores a 2,5 km de longitud.
Producción o actividades que involucran formas dañinas o explosivas de trabajo forzado/trabajo infantil.
Operaciones comerciales de tala para uso en bosques húmedos tropicales primarios.
Producción, comercio, almacenamiento o transporte de volúmenes significativos de químicos peligroso o uso comercial a escala de químicos peligrosos. Químicos peligrosos incluye gasolina, kerosene y otros productos de petróleo.
Producción o actividades que afectan a las tierras que los pueblos indígenas poseen, o reclaman como propias, sin el consentimiento completo y documentado de tales pueblos.
Formulario de quejas por afectación ambiental
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Políticas de administración de riesgos ambientales y sociales
Las políticas y procedimientos del Sistema de Administración de Riesgo Ambiental y Social (SARAS) son de aplicación únicamente para microcréditos.
La cooperativa de ahorro y crédito La Benéfica Ltda. cuenta con una lista de actividades que no serán sujetas a ser financiadas, la misma que será incluida dentro de los procesos de revisión previo al proceso de crédito. Será responsabilidad del oficial de negocios no ofrecer servicios financieros a las actividades económicas que se encuentran en la lista de exclusión.
La categorización de las actividades económicas para identificar los riesgos ambientales se la deber á realizar de acuerdo con el Código de Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) en 6 dígitos, con base a la normativa emitida por la SEPS.
La metodología de categorización de la cartera con el nivel de riesgo ambiental debe desembocar en tres niveles: Alto, Medio y Bajo.
Aquellas actividades categorizadas como riesgos ambientales y sociales de nivel Bajo no ameritan procesos adicionales de evaluación de desempeño ambiental y social.
Las operaciones de crédito categorizadas con riesgo ambiental medio y alto, deberán tener procedimientos extras, conocidos como Debida Diligencia (D&D).
A toda la línea de microcrédito se aplicará la metodología de riesgos ambientales y sociales; la debida diligencia se aplicará a partir de montos mayor a USD. 10.000,00; en el caso de las operaciones con riesgo ambiental Alto; y, en el caso de riesgo ambiental Medio, a partir de montos mayor a USD. 20.000,00.
El Oficial de Riesgo Ambiental y Social (ORAS) generará reportes semestrales de distribución de la cartera de crédito por niveles de riesgo ambiental y social (Bajo, Medio, Alto).
Se establecerá mecanismos de comunicación externa (página web, buzón de quejas) que estén a disposición del público y sea de fácil acceso para las partes interesadas y los actores sociales.
Gerencia, deberá dotar de los recursos necesarios para la capacitación del personal y el fortalecimiento de la administración de los riesgos ambientales y sociales.
Los reportes en cuanto a la aplicación SARAS se realizarán de forma anual o cuando el organismo de control lo requieran.